Órdenes de protección en casos de violencia doméstica

La violencia doméstica es un problema grave y persistente que afecta a muchas personas en España. Enfrentar esta situación requiere de medidas legales firmes y adecuadas para garantizar la seguridad de las víctimas. Uno de los instrumentos más efectivos en este contexto es la orden de protección. Acto seguido, desglosamos de manera técnica, pero accesible, todo lo relacionado con las órdenes de protección.

¿Qué es una orden de protección?

Una orden de protección es una resolución judicial destinada a salvaguardar a las víctimas de violencia doméstica, proporcionando medidas de seguridad y apoyo. Estas órdenes pueden ser solicitadas por las víctimas o sus representantes legales y son emitidas por los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.

Tipos de medidas en una orden de protección

Una orden de protección puede incluir varias medidas, entre las cuales se destacan:

  1. Medidas penales
    • Prohibición de acercamiento: El agresor no puede acercarse a la víctima a una distancia establecida.
    • Prohibición de comunicación: El agresor no puede comunicarse con la víctima, ya sea de forma directa o indirecta.
    • Suspensión del régimen de visitas: Si el agresor tiene hijos en común con la víctima, puede suspenderse el régimen de visitas.
  2. Medidas civiles
    • Uso y disfrute de la vivienda familiar: Se otorga a la víctima el uso exclusivo de la vivienda familiar, independientemente de la titularidad de la misma.
    • Régimen de guarda y custodia: Se puede modificar el régimen de guarda y custodia de los hijos menores.
  3. Medidas de asistencia social
    • Asistencia jurídica: La víctima tiene derecho a asistencia legal gratuita.
    • Asistencia psicológica: La víctima y sus hijos tienen derecho a recibir apoyo psicológico.
    • Prestaciones económicas: La víctima puede acceder a ayudas económicas.

Procedimiento para solicitar una orden de protección

  1. Denuncia o solicitud
    • La víctima debe presentar una denuncia ante la Policía o directamente en el juzgado de guardia. También puede ser solicitada por el Ministerio Fiscal.
  2. Audiencia urgente
    • El juez celebrará una audiencia urgente, generalmente en un plazo de 72 horas, para evaluar la situación y decidir sobre la concesión de la orden de protección.
  3. Emisión de la orden de protección
    • Si el juez considera que existen indicios suficientes de riesgo para la víctima, emitirá la orden de protección, que incluirá las medidas que considere necesarias para garantizar la seguridad de la víctima.

    Duración y seguimiento

    Las órdenes de protección son temporales y su duración inicial puede variar. Normalmente, se conceden por un periodo de un mes, prorrogable si persiste la situación de riesgo. Además, las autoridades competentes realizarán un seguimiento para asegurar el cumplimiento de las medidas impuestas y la evolución de la situación de la víctima.

    Las órdenes de protección son una herramienta crucial para la protección de las víctimas de violencia doméstica. Entender su funcionamiento y las medidas que pueden incluir es fundamental para ofrecer una respuesta adecuada y efectiva ante estas situaciones. Como profesionales del derecho, es nuestro deber proporcionar la orientación y el apoyo necesarios para que las víctimas puedan acceder a estos mecanismos de protección y reconstruir sus vidas con seguridad y dignidad.